Uno de los momentos más difíciles a los que se tiene que enfrentar un empresario es en el que su negocio se queda sin liquidez y entra en una situación de insolvencia generalizada. Lo fundamental es que sea realista y que afronte la situación con serenidad. Para estas circunstancias, la ley pone en manos de los administradores “herramientas” legales que protegen tanto al negocio como a sus acreedores. La más conocida es el concurso de acreedores, que si se gestiona adecuadamente puede ayudar a muchas empresas a ser reflotadas.
El concurso de acreedores es una figura legal que en principio da bastante respeto y que la mayoría de los empresarios tratan de evitar. De hecho, más del 90 % de las empresas que entran en concurso acaban en liquidación y cierre de la compañía. Sin embargo, a pesar de que esta figura está muy estigmatizada y tiene muy mala prensa, nunca deberíamos entenderlo como sinónimo de quiebra. De hecho, uno de los objetivos que fija la Ley Concursal es intentar por encima de todas las cosas que la empresa pueda continuar con su actividad, y solamente liquidarla en casos excepcionales.
Indudablemente el concurso no es una opción deseable para ninguna empresa, pero si tenemos que tomar la decisión de instarlo, debemos tener en cuenta varios consejos para gestionarlo con las mayores garantías de éxito.
Hay que reaccionar con rapidez. No se puede perder el tiempo
Uno de los principales errores que cometen los empresarios es solicitar demasiado tarde en el juzgado el concurso de acreedores. La mayoría prefieren engañarse a si mismos antes de afrontar este proceso. El manejo de los tiempos es esencial. Las posibilidades de fracasar se incrementan mucho con el paso del tiempo. El proceso hay que abordarlo en su momento justo, cuando detectamos que la empresa está quedándose sin liquidez y no va a poder afrontar los compromisos de pago con sus acreedores. La espera no va a servir para nada, solo para dañar aún más el patrimonio de la compañía y poner en riesgo legal a sus administradores. Es importante recordar que el administrador está obligado por ley a solicitar concurso de acreedores siempre que el negocio se encuentre en una situación de insolvencia actual o inminente, es decir, que prevea estarlo en un futuro próximo. El 75 % del éxito del concurso depende de la agilidad en la toma de decisiones.
El artículo 5 bis de la Ley Concursal puede ser nuestro aliado
La Ley Concursal nos aporta soluciones alternativas al concurso de acreedores que pueden ayudarnos a reflotar nuestra empresa. Es el caso del preconcurso, regulado en el artículo 5 bis, que permite a los empresarios ganar tiempo para poder negociar o refinanciar las deudas evitando declararse en concurso. Esta figura legal tiene bastantes ventajas respecto al concurso. Una de las principales es que cuenta con cierta privacidad, ya que el empresario puede declararlo con carácter reservado, evitando así que sufra pérdida de credibilidad con sus clientes. Estos últimos no tienen porqué saber nunca que la empresa se encuentra en dificultades. El preconcurso además tiene muchos menos inconvenientes y es mucho más ágil. La Ley Concursal exige que se resuelva en 4 meses como máximo y, a diferencia del concurso, la sociedad no es intervenida por parte de ningún administrador concursal. En resumen, es una alternativa rápida, eficaz y más económica para abordar un proceso de crisis empresarial.
Apóyate en un equipo competente
El proceso concursal hay que gestionarlo desde dos enfoques diferentes, el legal y el económico. En este sentido, para gestionar un proceso de crisis tendremos que aliarnos con un equipo de profesionales multidisciplinar que nos asista durante todo el concurso de acreedores. Necesitaremos, un equipo que como mínimo disponga de un abogado concursal y un economista experto en gestión de crisis y reestructuraciones.
Por un lado, la parte legal se encargará de representar y defender los derechos e intereses de la empresa durante el concurso de acreedores mientras que el economista deberá encargarse de gestionar la reestructuración y de definir el plan de viabilidad de la empresa. No olvidemos que el objetivo principal es lograr el reflotamiento del negocio. En este sentido, la parte económica será la encargada de definir y formular la propuesta de convenio para los acreedores y gestionar el área económica de la compañía durante el proceso concursal: control de tesorería, negociación con proveedores y entidades financieras, reestructuración operativa y de recursos humanos, etc.
A lo largo de esta última década y después de varias crisis globales y sectoriales hemos aprendido mucho en España y ya contamos con muy buenos despachos de profesionales especializados en reestructuraciones. De todas formas, no hay que dejarse llevar por sus tarifas, las minutas elevadas no solo no garantizan el éxito, sino que pueden suponer un lastre para la empresa concursada. Hay que buscar a los mejores profesionales, negociar con ellos la tarifa y exigirles que detallen el alcance de su trabajo y tiempo de dedicación.
En conclusión, debemos de perder el miedo al proceso concursal. El éxito o el fracaso de este no depende de las estadísticas, sino de que lo afrontemos adecuadamente. Os puedo asegurar que hay vida después del concurso de acreedores.