Las principales novedades fiscales de 2024
Actualidad | Finanzas | Redacción | 2 de febrero de 2024
El 2024 arranca con novedades para particulares, empresas, autónomos o sociedades. Con el objetivo de informar y fomentar la planificación financiera, CE Consulting explica los mínimos para tributar, en dónde se podrá ahorrar en los impuestos, las declaraciones obligatorias como las obligaciones de los autónomos y la actualización de algunos impuestos.
1. Novedades fiscales en IRPF: mínimos para tributar
Este año se ha elevado el ingreso mínimo al partir del cual un ciudadano está obligado a realizar la declaración de la renta. Así, para el ejercicio 2023 se ha establecido en 15.000 euros el mínimo de ingresos brutos para un contribuyente sin hijos con más de un pagador. Además, durante 2024 se prevé un incremento de dicho mínimo para adecuarlo a la subida del Salario Mínimo Interprofesional.
La Declaración de la Renta de 2024 comenzará el 3 de abril, adelantándose a las fechas habituales, en comparación con años anteriores.
2. Deducciones: ¿dónde podrás ahorrar en tus impuestos?
- Las deducciones fiscales pueden influir significativamente en la reducción de la cuota tributaria. Se trata de gastos que pueden disminuir el efecto de la cantidad de ingresos declarada, reduciendo así la base imponible sujeta a tributación. Algunas de las deducciones a tener en cuenta para maximizar el ahorro fiscal en 2024:
- Coche eléctrico: Los compradores que adquieran un coche eléctrico antes del 31 de diciembre de 2024 podrán deducirse el 15% del precio del vehículo, con un límite de 20.000 euros.
- Obras eficiencia energética: Se prorroga durante 2024 la reducción del 60% de las cantidades invertidas por obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética en edificios de uso residencial, siempre y cuando la mejora cumpla con los requisitos establecidos en la norma.
- Alquiler de vivienda: En 2024 se mantienen la reducción por alquiler de vivienda, pero disminuyendo su porcentaje. Este año, pasa del 60% al 50% la reducción de los ingresos netos del arrendador para contratos firmados a partir de 1 de enero.
- Deducción por donativos: El RD-ley 6/2023 introdujo nuevos beneficios fiscales para los donativos, tanto para particulares, a través de deducciones en el IRPF, como para empresas, en el Impuesto de Sociedades.
- Deducciones en IRPF: Se aumenta de 150 a 250 euros la cuantía del micro mecenazgo. También, se eleva del 35% al 40% la deducción con carácter general. Además, será del 45% siempre que en los dos años anteriores se haya realizado una donación a la misma entidad al menos por el mismo importe.
- Deducciones en IS:
- Se incrementa el porcentaje de deducción, que pasa del 35% al 40%.
- Se reduce de 4 a 3 años los ejercicios en que se puede donar a una misma entidad por importe igual o superior a los del ejercicio inmediato anterior, para acceder al incremento de 10 puntos en el porcentaje de deducción, que se incrementa del 40 % al 50 %.
3. Nuevas declaraciones obligatorias en 2024
- Declaración modelo 721: criptomonedas en el extranjero: Esta es una de las principales novedades fiscales que trae el 2024. A partir de este año es obligatorio presentar el modelo 721 si se cuenta con criptomonedas en el extranjero con valor de más de 50.000 euros. Su plazo de presentación será desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2024.
- Ventas en plataformas online: En 2024 las plataformas digitales, como por ejemplo Vinted, Wallapop o Airbnb deben informar a la Agencia Tributaria sobre las ventas realizadas por usuarios, tanto profesionales como particulares. En principio, se comunicarían solo los datos de aquellos que superaran las 30 operaciones anuales o 2.000 euros en ventas, pero ante la falta de aprobación del Reglamento de desarrollo de la Ley 13/2023, de 24 de mayo, que transpone la modificación de la Directiva 2011/16/UE sobre cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, existe incertidumbre sobre el tema, suponiéndose que las plataformas estarán obligadas a comunicar todas las operaciones efectuadas, sin límite establecido.
4. Novedades fiscales para los autónomos en 2024
- Declaración renta obligatoria trabajadores en el RETA o en el régimen especial del mar: A partir de 2024, todas aquellas personas físicas que hayan estado dados de alta en el RETA o en el régimen especial del mar deberán presentar la declaración, independientemente de los ingresos obtenidos.
- Autónomos en Sistema de módulos: Disminuye al 5% la reducción extraordinaria en la tributación por módulos del 10% existente hasta ahora. No obstante, se mantienen algunas reducciones para actividades agrícolas y ganaderas.
- Régimen de franquicia del IVA en autónomos: Se prevé aprobar durante 2024 este nuevo régimen, que entraría en vigor para 2025. Así, los autónomos con ingresos inferiores a 85.000 euros podrán elegir entre el régimen general del IVA o acogerse a este nuevo régimen, por el cual estarán exentos de incluir el IVA en sus facturas.
5. Principales actualizaciones en algunos impuestos para 2024
- Impuesto sobre las grandes fortunas: Se prorroga en 2024 y se extiende el mínimo exento de 700.000 euros a los sujetos pasivos por obligación real (no residentes).
- Impuesto sobre el patrimonio: Madrid y Andalucía lo reintroducen. Solo afecta a aquellos contribuyentes que tributen por el nuevo Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas, por lo que aquellos no obligados al pago de dicho impuesto tampoco estarán obligados a tributar por el Impuesto sobre el Patrimonio. Los efectos de dicha reactivación serán de fecha 1 de enero de 2023, por lo que en 2024 existirá la obligación de presentar los modelos correspondientes, si se superaron las cantidades establecidas en 2023.
- Impuesto de Sociedades del 15% a grandes empresas: En 2024 está prevista la aprobación de un tipo mínimo del 15% para multinacionales y grandes grupos empresariales presentes en España que tengan un volumen de negocio igual o superior a 750 millones al año, incluidas filiales.
- Impuestos Sucesiones y Donaciones: En 2024, se prevé una reducción en diversas Comunidades Autónomas. Reseñar que, en Comunidades como Baleares, La Rioja, Aragón y Valencia, el ISD se verá significativamente reducido o eliminado.
- IVA alimentos y energía: Se mantiene, hasta 30 de junio, su rebaja en alimentos básicos, como pan, harina, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, legumbres y cereales, que seguirán al 0%. Asimismo, se prevé reducir el aceite del 5 al 0%. Por el contrario, el tipo de IVA de la electricidad sube del 5% al 10%.
- Impuesto al plástico y certificados: A partir de 2024, las empresas necesitarán una certificación emitida por entidades acreditadas para no tener que tributar por plásticos reciclados.
Estas novedades fiscales pueden suponer un impacto importante en las empresas, ya que inciden en sus obligaciones tributarias y, por ende, en la planificación fiscal de las mismas. Por ello, es esencial mantenerse informado y acudir a un profesional que pueda orientar en el camino a seguir para navegar con éxito una nueva temporada de impuestos.