El INE publica el nuevo índice que limitará la actualización de los contratos de alquiler
Actualidad | Finanzas | Vivienda | Redacción | 12/09/2025

El Instituto Nacional de Estadística ha comenzado a difundir mensualmente el índice que servirá como límite para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda firmados después de mayo de 2023. El indicador, expresado con dos decimales, será el que marque el precio máximo al que podrán revalorizarse las rentas.
Metodología combinada y coeficiente moderador
El cálculo del índice integra el IPC, la inflación subyacente y las diferencias en sus tasas de crecimiento anual, además de un parámetro relacionado con el crecimiento esperado a largo plazo. Sobre estas variables se aplica un coeficiente moderador definido conjuntamente por los ministerios de Vivienda y de Economía, teniendo en cuenta la evolución del mercado del alquiler.
Un límite para evitar incrementos desproporcionados
El valor de referencia será siempre el mínimo entre la tasa anual del IPC, la de la inflación subyacente y la media ajustada definida en la metodología aprobada. Con esta medida, el INE da cumplimiento a la Ley por el Derecho a la Vivienda, que establecía la creación de un índice antes del 31 de diciembre de 2024 para evitar subidas excesivas en los contratos de arrendamiento. En 2024, la actualización estuvo limitada de forma extraordinaria al 3% como consecuencia de la crisis inflacionaria derivada de la guerra de Ucrania.
Topes previos y marco transitorio
El actual límite se suma a los establecidos en 2022 y 2023, cuando el Gobierno fijó mediante decreto que las actualizaciones se realizaran en función del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), topado al 2% y nunca inferior al 0%. Para los contratos firmados antes de mayo de 2023 seguirá aplicándose la referencia que figure en cada contrato: el IPC o el IGC, con un máximo del 2% en este último caso.