España, entre los últimos cuatro países de la UE sin cumplir la Ley de Servicios Digitales

Empresa | Tecnología | 27/08/2026

España es, junto con República Checa, Polonia y Portugal, uno de los cuatro países de la Unión Europea que siguen sin facultar a su coordinador de servicios digitales para hacer cumplir el reglamento europeo 2022/2065, relativo a un mercado único de servicios digitales. La Comisión Europea llevó a los cinco Estados miembros incumplidores ante el Tribunal de Justicia de la UE el 7 de mayo de 2025; Chipre, el único que ha resuelto su situación desde entonces, cerró su expediente en noviembre de ese año. En España, el Congreso de los Diputados rechazó en abril de 2026 la proposición de ley que habría dotado a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de las competencias necesarias como Coordinador de Servicios Digitales (DSC).

Falta de implementación de la normativa europea

A pesar de la falta de implementación de la normativa europea, sí que se ha previsto que el Coordinador de Servicios Digitales (DSC) encargado de la fiscalización del cumplimiento del texto legal por parte de las plataformas e intermediarios digitales sea la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), indica Antonio Pastor Pérez socio de AF Legis.

En este contexto, el letrado destaca que “lo primordial es que los prestadores de servicios digitales e intermediarios puedan ofrecer sus servicios en el marco tecnológico sobre la base de criterios de diligencia, responsabilidad y compromiso con el respeto a los derechos que le corresponden a los consumidores y usuarios para que haya una mayor seguridad jurídica” en derechos tan fundamentales como la libertad de expresión y la no discriminación.

Obligaciones para los intermediarios y plataformas de servicios digitales

Son tres los bloques de obligaciones que el órgano fiscalizador deberá controlar que se cumplan, detalla Pastor. En primer lugar y para todos los prestadores de servicios digitales, menciona “la información transparente sobre cómo gestionan los datos y cómo funcionan sus algoritmos”, seguido de la protección a los menores de contenidos inapropiados” y finalmente “el poder eliminar contenidos”.

El abogado reduce la tensión al recordar que “la legislación de la Unión Europea resulta directamente aplicable a los estados miembros, aún contamos con niveles de protección respecto esta temática”.