Novedades de la Campaña de la Declaración de la Renta 2024
Alberto Casillas | 01/04/2025

La campaña se desarrollará entre el 2 de abril y el 30 de junio de 2025, aunque quienes domicilien el pago tendrán como fecha límite el 25 de junio. En cuanto a la obligación de declarar, se eleva el límite general de 15.000 a 15.876 euros cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo de más de un pagador, excepto si la suma de lo percibido del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no supera en su conjunto los 1.500 euros anuales, en cuyo caso el límite será mayor. Además, se mantiene el mismo umbral en la cantidad anual para el resto de los contribuyentes con rendimientos del trabajo.
También tendrán que presentar su liquidación los perceptores del ingreso mínimo vital (IMV) y quienes hayan estado de alta como autónomos en el RETA, entre otros supuestos.
Bizum y deducciones por eficiencia energética
Entre las principales novedades fiscales, se encuentra la ampliación de métodos de pago. Por primera vez, los contribuyentes podrán abonar el importe a ingresar mediante Bizum o tarjeta bancaria, lo que facilitará la gestión digital y segura de sus declaraciones.
A la hora de utilizar Bizum, los técnicos de Hacienda señalan que los contribuyentes deberán comprobar los límites específicos de cada banco ante el uso de este servicio para asegurarse de que la cantidad que tiene que pagar a Hacienda se encuentra dentro de los márgenes permitidos. También deberán tener en cuenta las condiciones particulares de cada entidad en el pago por Bizum a organismos públicos.
También, se destaca especialmente la reducción general por rendimientos del trabajo: el importe máximo de esta bajada se amplía, con una cuantía que decrece en función del rendimiento neto del trabajo.
Las deducciones por eficiencia energética cobran protagonismo con la posibilidad de deducir hasta 5.000 euros al año por la instalación de sistemas de aerotermia en la vivienda. A estas ventajas fiscales se suman los Fondos Europeos Next Generation, que pueden cubrir hasta el 40% del coste, con un máximo de 3.000 euros, a través de ayudas gestionadas por las Comunidades Autónomas. Se mantienen además las deducciones por la adquisición de vehículos eléctricos nuevos y la instalación de puntos de recarga.
Autoliquidación rectificativa
Otra primicia destacada es la implementación de la autoliquidación rectificativa, que permite modificar la declaración presentada sin necesidad de esperar una resolución administrativa previa. Y en materia de arrendamiento de vivienda, se actualizan las condiciones de la reducción aplicable a los contratos suscritos desde el 26 de mayo de 2023. A partir de este ejercicio, se introducen nuevos porcentajes de reducción sobre el rendimiento neto que variarán en función de las circunstancias que concurran en el contrato.
En cuanto a exenciones en rendimiento del trabajo, se declaran exentas, bajo ciertos requisitos, las cantidades satisfechas extraordinariamente por los empleadores entre el 29 de octubre y el 31 de diciembre de 2024 a sus empleados y/o familiares para sufragar daños personales y materiales ocasionados por la DANA.