La UE estrena nuevas reglas comunes para los envases y residuos
El nuevo Reglamento de Envases y Residuos de Envases comienza a aplicar desde este 12 de agosto sus primeras obligaciones, entre ellas límites a los PFAS en recipientes alimentarios y nuevas exigencias de trazabilidad. El grueso de las medidas sobre reciclabilidad, reutilización y contenido reciclado llegará a partir de 2030.
Actualidad | 12/08/2026

El nuevo Reglamento de Envases y Residuos de Envases sustituye el modelo actual, en el que cada Estado miembro adapta la normativa europea mediante su propia legislación, por unas reglas directamente aplicables en toda la Unión Europea.
El objetivo es que las empresas tengan que cumplir los mismos requisitos independientemente del país en el que comercialicen sus productos.
Entre las primeras medidas que comienzan a aplicarse este 12 de agosto figuran límites comunes a la presencia de sustancias PFAS, conocidas como ‘químicos eternos’, en los envases destinados a entrar en contacto con alimentos.
La medida responde a los posibles efectos de estas sustancias sobre la salud.
Nuevas obligaciones para mejorar la trazabilidad
La regulación armoniza también conceptos como productor y fabricante en todo el bloque comunitario.
Además, entran en vigor nuevas obligaciones de información destinadas a garantizar la trazabilidad de los envases.
El objetivo es que las autoridades puedan identificar al fabricante cuando detecten un producto que incumple la normativa europea.
Bruselas ha aclarado que esta información no tendrá que aparecer necesariamente sobre el propio producto.
Podrá incluirse en documentos de entrega o envío, por lo que las empresas no tendrán que modificar de forma inmediata el etiquetado de los productos que ya están comercializando.
Los grandes cambios llegarán a partir de 2030
El principal salto regulatorio se producirá a partir de 2030.
Desde entonces comenzarán a aplicarse nuevos requisitos para garantizar la reciclabilidad de los envases, junto con objetivos de reutilización y exigencias sobre el contenido reciclado de determinados embalajes de plástico.
Entre las medidas previstas, las botellas de plástico PET destinadas a bebidas deberán incorporar al menos un 30% de material reciclado en 2030.
Los distribuidores de bebidas deberán alcanzar además un objetivo de reutilización del 10%, calculado sobre el volumen de productos comercializados.
Bruselas prepara un etiquetado común para reciclar
La nueva normativa también modificará progresivamente la información que reciben los consumidores a la hora de reciclar los envases.
La Comisión Europea prevé presentar antes de finales de año las reglas para implantar un sistema común de etiquetado.
El objetivo es sustituir las diferentes indicaciones utilizadas actualmente en los Estados miembros y permitir que los ciudadanos identifiquen de la misma manera en toda la UE en qué contenedor debe depositarse cada residuo.
La Comisión admite costes iniciales para las empresas
El reglamento busca eliminar las diferencias entre los requisitos que encuentran las compañías cuando comercializan un mismo envase en distintos países de la Unión.
La Comisión reconoce, no obstante, que la adaptación a las nuevas reglas supondrá costes iniciales para las empresas.
Bruselas defiende que esta armonización permitirá reducirlos a largo plazo, al evitar que las compañías tengan que modificar sus envases para cumplir requisitos distintos en cada mercado nacional.
«El Reglamento sustituirá las normas nacionales fragmentadas, difíciles de aplicar para los operadores económicos del mercado interior. Sin embargo, las nuevas normas también conllevan costes de adaptación, y hemos trabajado intensamente con los operadores del mercado para implementarlas de forma pragmática y sin burocracia», ha indicado la comisaria de Medio Ambiente, Resiliencia Hídrica y Economía Circular Competitiva, Jessika Roswall.
Bruselas pide advertir antes de sancionar
Durante este periodo inicial de adaptación, la Comisión Europea ha pedido a las autoridades nacionales que no recurran directamente a sanciones o a la retirada de productos ante posibles incumplimientos de las obligaciones que comienzan a aplicarse.
Bruselas recomienda que primero se emitan advertencias y se conceda a las empresas un plazo para corregir las irregularidades detectadas.
La Comisión no ha establecido una fecha límite para esta aplicación gradual.
El tiempo concedido para subsanar cada incumplimiento dependerá de su naturaleza, con el objetivo de facilitar una adaptación progresiva a las nuevas exigencias.








