La exención fiscal de la subida del SMI queda pendiente de una reforma legal
La decisión del Gobierno de elevar el salario mínimo interprofesional (SMI) antes de final de año obligará también a adaptar su tratamiento fiscal en el IRPF para evitar que los perceptores del nuevo salario mínimo vean reducida parte de la subida por el pago del impuesto.
Actualidad | 26/10/2026

La actualización fiscal requerirá una reforma legal que deberá aprobarse bien a través de la Diputación Permanente o ya en 2027 por el nuevo Congreso surgido de las elecciones generales del 29 de noviembre.
El SMI puede subir sin pasar por el Congreso
El salario mínimo se ha revalorizado un 66 % entre 2018 y 2026, desde los 735,90 euros hasta los 1.221 euros mensuales.
Su actualización depende directamente del Gobierno, previa consulta con los agentes sociales, y se aprueba mediante real decreto en el Consejo de Ministros conforme al artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores. La medida, por tanto, no necesita ser convalidada por el Congreso.
El Ministerio de Trabajo suele recabar previamente el criterio de un comité asesor de expertos, encargado de recomendar una horquilla o porcentaje de subida que permita preservar el poder adquisitivo de los trabajadores.
El plazo para que este comité se pronuncie sobre el SMI de 2027 finaliza el próximo 1 de noviembre. A partir de su propuesta, Trabajo abrirá la negociación con sindicatos y organizaciones empresariales.
La consulta a los agentes sociales es obligatoria, aunque el resultado no es vinculante. De este modo, el Ejecutivo puede aprobar la subida aunque no exista acuerdo entre todas las partes.
La exención del IRPF sí requiere una reforma legal
El tratamiento fiscal del SMI sigue un procedimiento diferente. Aunque el Gobierno puede aumentar el salario mínimo mediante real decreto, cualquier ajuste que afecte a la obligación tributaria final del IRPF requiere una modificación legal.
Fuentes del Ministerio de Hacienda señalan que la adaptación fiscal deberá producirse después de que se apruebe la nueva cuantía del salario mínimo, aunque todavía no existe una fecha concreta para esa reforma.
Durante años, el SMI quedaba de forma natural por debajo de los mínimos a partir de los cuales comenzaba a pagarse IRPF. Sin embargo, las sucesivas subidas salariales han obligado a introducir ajustes específicos.
En 2023, cuando el salario mínimo alcanzó los 15.120 euros anuales, el Ejecutivo elevó la reducción por rendimientos del trabajo e introdujo cambios en el Reglamento del IRPF para incrementar el mínimo exento de retención hasta los 15.000 euros.
El reglamento, no obstante, regula principalmente las retenciones que las empresas aplican cada mes, mientras que la tributación final depende de la Ley del IRPF.
Deducciones específicas en 2024, 2025 y 2026
Ante la ausencia de nuevos Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno ha recurrido durante los últimos ejercicios a diferentes fórmulas legislativas para adaptar la fiscalidad del salario mínimo.
En 2024 elevó mediante real decreto el límite de retención hasta 15.876 euros anuales, equivalente entonces al SMI, y posteriormente incorporó deducciones fiscales mediante un decreto ley para evitar que los perceptores tuvieran que pagar el impuesto en la declaración anual.
En 2025, con un salario mínimo de 16.576 euros brutos anuales, la modificación se introdujo mediante una enmienda en una ley que se encontraba en tramitación en el Congreso. La norma estableció deducciones de hasta 340 euros para contribuyentes con salarios de hasta 18.276 euros.
En 2026, con el SMI situado en 17.094 euros brutos al año, el ajuste se incorporó a un decreto ley que incluía ayudas por los temporales registrados en Andalucía y Extremadura.
La medida contempló deducciones fiscales de hasta 590,89 euros anuales cuando los rendimientos íntegros del trabajo fueran iguales o inferiores al salario mínimo vigente.
El ajuste para 2027 queda pendiente
Este último mecanismo continúa siendo la referencia vigente mientras no se apruebe una nueva modificación que adapte el IRPF al SMI de 2027.
Por tanto, una vez determinada la nueva cuantía del salario mínimo, el Gobierno actual o el que se forme tras las elecciones deberá impulsar una reforma legal para actualizar su fiscalidad.
La cuestión de la tributación del SMI ha generado durante la legislatura diferencias entre los Ministerios de Hacienda y Trabajo, especialmente sobre la fórmula más adecuada para garantizar que las subidas del salario mínimo no se traduzcan en una mayor carga fiscal para sus perceptores.









