El Gobierno recupera la cuenta de ahorro con ventajas fiscales para invertir en empresas europeas
El Gobierno ha recuperado la creación de la Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa y del Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo Financia Europa (SIALPFE), dos instrumentos destinados a canalizar ahorro hacia empresas europeas con ventajas fiscales ligadas a la permanencia de las inversiones durante al menos cinco años.
Actualidad | Finanzas | 07/10/2026

La Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa estará dirigida a la inversión minorista a largo plazo y podrá contratarse a través de bancos y empresas de inversión.
Cada contribuyente podrá disponer de una cuenta ordinaria, compatible con la modalidad de reinversión, y realizar aportaciones por un máximo de 150.000 euros.
Las plusvalías obtenidas no tributarán mientras permanezcan dentro de la cuenta.
Una vez transcurridos cinco años, las ganancias estarán totalmente exentas hasta los 10.000 euros y disfrutarán de una exención del 20 % a partir de esa cantidad.
La cartera podrá incluir acciones de compañías localizadas dentro del Espacio Económico Europeo y fondos que destinen al menos el 70 % de su cartera a Europa y, como mínimo, la mitad a renta variable.
Incentivos para movilizar viviendas vacías
El Gobierno recupera asimismo la Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa Reinversión, vinculada a un incentivo fiscal temporal para fomentar la incorporación de viviendas vacías al sector público.
El mecanismo establece una exención en el IRPF para las ganancias patrimoniales obtenidas mediante la venta de viviendas que hayan permanecido desocupadas «de forma continuada y sin causa justificada» durante los dos años anteriores a la operación.
Para beneficiarse de este incentivo, la vivienda deberá venderse antes del 31 de diciembre de 2027 a administraciones, organismos o empresas públicas dedicadas a la promoción y gestión de vivienda social y asequible.
El precio de transmisión deberá ser inferior a 800.000 euros.
La exención será automática y total para las viviendas vendidas por un importe igual o inferior a 200.000 euros. A partir de esa cantidad se irá reduciendo progresivamente hasta desaparecer cuando se alcancen los 800.000 euros.
Las cantidades deberán mantenerse durante cinco años
La cuenta de reinversión solo podrá recibir fondos procedentes de estas operaciones inmobiliarias, con un máximo acumulado de 800.000 euros por contribuyente.
Las cantidades reinvertidas deberán mantenerse durante al menos cinco años. En caso de retirarlas antes de ese plazo, deberá devolverse el beneficio fiscal obtenido, salvo en caso de fallecimiento.
Los fondos podrán destinarse a acciones de compañías europeas y a vehículos que cumplan los criterios de la etiqueta europea Finance Europe.
Las ganancias obtenidas dentro de la cuenta no tributarán hasta su retirada y, una vez superados los cinco años, contarán con una exención del 20 %.
La comercialización de ambas modalidades quedará pendiente de la aprobación de la correspondiente orden de Hacienda sobre obligaciones de información tributaria.
Además, hasta que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) cree el registro de fondos elegibles, en un plazo máximo de cuatro meses, la primera modalidad únicamente podrá incluir acciones.
Un nuevo seguro de ahorro a largo plazo
El real decreto-ley incorpora también el Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo Financia Europa (SIALPFE).
Este producto permitirá realizar aportaciones de hasta 10.000 euros anuales, frente al límite de 5.000 euros establecido para otros instrumentos de ahorro a largo plazo.
El SIALPFE deberá destinar al menos el 30 % de su cartera a renta variable.
Los rendimientos positivos estarán exentos siempre que el titular no disponga del capital antes de que transcurran cinco años desde la apertura y se cumplan el resto de requisitos establecidos.
A diferencia del SIALP ordinario y de la Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo, el SIALPFE no estará sujeto a la garantía mínima del 85 % del capital.
Acciones europeas y renta fija con calificación mínima ‘BBB’
Entre los activos en los que podrá invertir el SIALPFE figuran acciones de compañías de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, salvo socimis y entidades extranjeras equivalentes.
También se permitirán determinadas instituciones de inversión colectiva financieras, con la excepción de las sociedades de inversión de capital variable.
Asimismo, podrán incluirse instrumentos de renta fija de entidades públicas o privadas domiciliadas en el Espacio Económico Europeo con una calificación crediticia mínima de ‘BBB’.
Los productos derivados quedarán excluidos.
La comercialización y contratación de estos seguros dependerá también de la entrada en vigor de la orden ministerial que regule sus obligaciones de información tributaria.
Hasta que la CNMV habilite el registro de fondos elegibles, el SIALPFE podrá invertir en acciones y renta fija.









